15 dic 2020

Sentencia ordena a autoridades protección efectiva del aire en Girardota

El Consejo de Estado en sentencia del 12 de noviembre de 2020, falló una demanda de acción popular interpuesta por los ciudadanos Cristian Zapata y Mauricio Hoyos, a nombre del movimiento Más Conciencia y ordena que se tomen medidas efectivas para la situación crítica de contaminación del aire que vive el municipio de Girardota. (Aquí el fallo en PDF)

En la sentencia se afirma que las autoridades ambientales y la alcaldía han caído en serias falencias en cuanto al monitoreo y la información de la calidad del aire para el municipio de Girardota, y que incluso omitieron aportar información relevante al proceso.

También se afirma que ha sido irrisorio el control ambiental a la industria asentada en Girardota, y que de manera insólita se siguen concediendo permisos para nuevas industrias en ese sector, aún cuando las mismas autoridades han establecido que ese territorio es área fuente de contaminación, lo que vulnera la Ley.

Así mismo se afirma que las medidas tomadas por las autoridades para descontaminar el aire han sido poco efectivas porque generalizan todo el territorio del Valle de Aburrá, sin hacer distinciones de los sectores más críticos. Ello debido a que las medidas para contrarrestar la contaminación del aire se han tomado “sin localizar las zonas cuyo número de fuentes y cantidad de emisiones ameritan un tratamiento diferenciado. Los programas dispuestos para reducir la contaminación atmosférica son generales, sin algún tipo de distinción para efectos de tornar más eficiente la actividad administrativa en ese propósito.”

Así mismo, de manera puntual, el fracaso de las medidas obedece también a que se han centrado sólo en restringir la circulación de automóviles: “la Sala observa, en primer lugar, que medidas tales como la restricción del tránsito de fuentes móviles no son contundentes y, en segundo lugar, que las medidas adoptadas no han tenido la eficacia suficiente para controlar dichos episodios, los cuales representan serias amenazas contra la salud pública.”

Las órdenes que se imponen a las entidades demandadas se pueden resumir en las siguientes:

1. Se ordena Corantioquia, el Área Metropolitana y el Municipio de Girardota, el tener que realizar un programa de descontaminación sólo para Girardota, con énfasis en las fuentes fijas, que incremente el control a las industrias, su vigilancia y sanción, y que presente un informe detallado sobre cuál es el aporte de estas a la contaminación de la atmósfera de Girardota, y se considere la suspensión de los permisos que pudieron ser otorgados de manera ilegal a tales industrias.

2. Se ordena a su vez, a las autoridades ambientales, evaluar la posibilidad de imponer límites de contaminación al aire más estrictos que los que tiene la norma nacional, en algunos sectores del Valle de Aburrá que sean diferenciados por su condición más crítica.

3. Se ordena también, el tener que realizar un estudio epidemiológico para el municipio de Girardota, que dé cuenta de las afecciones en salud que la mala calidad del aire está generando en la población.

4. También se da la orden al municipio de Girardota, para tener que realizar ajustes a su Plan Básico de Ordenamiento Territorial, y establecer las zonas con el aire más contaminado, prohibir la localización de nuevas industrias, establecer distancias seguras de esas industrias con la población y reubicar las que sea necesario reubicar.

5.- Finalmente, se ordena crear una comisión de seguimiento de esta sentencia, integrada por los demandantes, el ministerio público, el Tribunal Administrativo de Antioquia, para monitorear el cumplimiento periódico de esta sentencia y presentar los informes respectivos.

A continuación, se copian algunos extractos textuales de la sentencia:

“…la Sala advierte que el sistema de monitoreo de la calidad del aire del Valle de Aburrá está afectado de serias deficiencias que imposibilitan -cuando menos a la ciudadanía- el conocimiento exacto, oportuno y completo de las condiciones atmosféricas que se registran con ocasión de las emisiones de todo tipo de contaminantes y de gases de efecto invernadero.”

“…la Sala observa que las entidades accionadas no han cumplido de manera estricta con este deber fundamental que se erige como un medio para consolidar el derecho a gozar de un ambiente sano, precisamente por las deficiencias que presenta el sistema de monitoreo de la calidad del aire del Valle de Aburrá.”

“Las entidades accionadas no demostraron las razones por las cuales las estaciones de monitoreo del municipio de Girardota no se encuentran en las condiciones adecuadas para entregar de manera exacta, oportuna y completa los informes sobre las concentraciones de los contaminantes que podrían encontrarse en la atmósfera.”

“…resulta evidente que el sistema de monitoreo de calidad del aire, debido a sus grandes deficiencias, no ha podido ser implementado con éxito en el municipio de Girardota.”

“…Todas estas pruebas permiten concluir que la calidad del aire en el Valle de Aburrá y, particularmente en el municipio de Girardota, es un aspecto del derecho al goce de un ambiente sano que no se le ha podido garantizar a la población. Las autoridades tienen conocimiento de que periódicamente las emisiones atmosféricas alcanzan escenarios de riesgo para la salud pública. Sin embargo, las medidas adoptadas no han sido suficientes para controlar los factores que deterioran la calidad del aire durante esas épocas.”

“…De igual forma, el Decreto señala que los contaminantes tóxicos de segundo grado son los compuestos químicos que generan daño a la atmósfera o que contribuyen al agravamiento del efecto invernadero o cambio climático global, aun cuando afecten o no el nivel de inmisión. Así, es deber de las autoridades dar prioridad al control y reducción de las emisiones de los contaminantes primarios y secundarios.”

“…En virtud de los esfuerzos estatales mencionados, la Sala le recuerda al agente del Ministerio Público que la realidad es que la misma ley dispone que las autoridades ambientales no pueden otorgar nuevos permisos de funcionamiento de instalaciones de carácter industrial susceptibles de causar emisiones a la atmósfera, en áreas fuente donde se vulnere la norma de calidad del aire o los límites permisibles de inmisión.”

“…La lógica de la ley es clara. Allí donde la calidad del aire no es óptima, no se pueden promover nuevas actividades que coadyuven a la saturación del aire con mayores cantidades de elementos contaminantes. De tal forma que no resulta realista que la calidad del aire mejore si se permiten más emisiones atmosféricas donde se presentan episodios de contaminación de forma reiterada.”

“…De tal forma que no resulta conforme al ordenamiento jurídico que la autoridad ambiental, desde el 2007, autorice el asentamiento de nuevas instalaciones industriales que produzcan emisiones atmosféricas, sin que se controle por completo el fenómeno cíclico o crónico de contaminación atmosférica que afecta a la región y, que de conformidad con los estudios técnicos del caso, se garantice la existencia de un nuevo cupo emisión que soporte, en los términos de la norma de calidad del aire vigente, las cantidades de emisiones atmosféricas que se sumarán por cuenta de la nuevas fuentes.”

“…La Sala denota una conducta negligente de parte del A.M.V.A. al permitir, durante más de seis años, la exposición de la población del Valle de Aburrá -incluida la del municipio de Girardota- al PM2.5 sin haber puesto en funcionamiento los instrumentos básicos dispuestos en la ley para reducir los niveles de ese contaminante, aun cuando hizo pública su peligrosidad en el año 2011.”

“…Las autoridades accionadas no demostraron, cuando menos, haber implementado sistemas de control de emisiones atmosféricas, o haber diseñado un plan para realizar visitas, evaluaciones, muestreos o exigencias para verificar si las industrias ubicadas en el municipio de Girardota se encuentran cumpliendo o no con las normas de emisión. Tampoco se hicieron públicos los resultados de los posibles controles ni mucho menos las eventuales medidas restrictivas o sancionatorias concretas que pudieron tener lugar.”





11 comments:

Anónimo dijo...

Leída la sentencia, queda claro que en el Area Metropolitana son unos hijueputas. En Corantioquia, hijueputas. En la administración municipal de Girardota, hijueputas. Debe ser muy horrible tener que sentarse con esos Triplehijueputas a tratar de limpiar el aire.

Anónimo dijo...

El alcalde de Girardota va a ser un obstàculo para que esta sentecia se cumpla en mejorar la calidad del aire del municipio, el ya pacto con ENKA Y FERRO

Anónimo dijo...

haciendo usu al derecho de opinar por tratarce de vivir en una Democracia, mi opinion es que hay una empresa que vino por el agua de los Girardotanos vino por el medio ambiente, claro esta con la complicidad de los ultimos 4 Alcaldes anteriores incluyendo a Diego Agudelo, en la comunidad europea no creen que en pleno xiglo 21, esta empresa nos instalo una caldera a base carbon, no hay derecho con vecinos asi, de que sirben las baratijas de regalos que por extrategia de calmar la incomodidad de la poblacion entregan a los alcaldes y consejo municipal en el dia de las madres, dia del campesino, y en navidad, por tal razon sino despertamos no tocara seguir viviendo con la peor calidad de vida del departamento

Anónimo dijo...

Para lo que se preguntaban en son de burla o menos precio que estaba haciendo Pedro Hoyos y su equipo de trabajo todo este tiempo? ahí tienen su respuesta... seguían luchando por mejorar la calidad de vida de todos los girardotanos, hasta de los que tanto lo critican, porque no creo que respiren un aire diferente al resto de los mortales.

Anónimo dijo...

ES DE ADMIRAR EL TRABAJO Y COMPROMISO QUE TIENE EL SEÑOR PEDRO Y SU EQUIPO POR EL BIENESTAR DEL PUEBLO, LA ELABORACION DE UNA ACCION POPULAR DE ESTA MAGNITU DEBIO COSTAR MUCHOS RECURSOS COMO TIEMPO, DINERO, ESTUDIOS, ENTRE OTROS ASPECTOS, ME LES QUITO EL SOMBRERO SEÑORES, ESCRIBO COMO ANONIMO PORQUE TRABAJO EN EL MUNICIPIO Y NO PUEDO FIRMAR PORQUE ESTE SEÑOR DICTADOR ME LA MONTA.

Anónimo dijo...

Diego ti que les este blog agradece a Pedro Hoyos y a todo el grupo de trabajo de Más Conciencia, que tus dos hijos van a crecer en un municipio libre de contaminación y aire limpio, claro esta si usted deja y no sale con sus triquiñuelas para evitar el cumplimiento de la sentencia, al menos hágalo por sus hijos y deje ese egocentrismo, hagalo por ellos si en su corazón hay un poco de bondad.

Anónimo dijo...

Este alcalde salio mas cinico que los otros, de tras ladron bujon, aqui en Girardota sabemos la forma como se roban los recursos publicos y este alcaldecito salio màs ladron que todos, pero lo que mas indigna es esos discursos de moralista, como si todos los Girardotanos fueramos ingenuos, rata agudelo ese cuento solo se lo creen los lameculos ineptos seguidores suyos que por una migaja se venden al mejor postor. El tiempo no dara la razon porque solo habla babosadas.

Anónimo dijo...

Y esta sentencia que relevancia va a tener?
Recuerden que el encargado de permitir la contaminación de las actuales empresas fue el mayor engreido politico que ha dado esta tierra el señor FERNANDO ORTIZ SANCHEZ, CUANDO AUTORIZO LAS CONTAMINANTES CHIMENEAS DE ENKA DE COLOMBIA.
Hoy atacan al ahora si que ha sido el alcalde más trabajador que ha tenido nuestro municipio.

Anónimo dijo...

Trabajador? Pero trabajador de calle jajajaja

Anónimo dijo...

Uyyy sì, este alcalde es pura pantalla y populista, pero falso y ladròn como AGUJERO no hay en Girardota

Anónimo dijo...

Todo lo que dice por facebook live, para seguir engañando mi pueblo...como hace para decir que siente pena ajena por lo que hace Pedro hoyos, como dice que es un mal ejemplo para los jóvenes.....acaso este señor no se mira....como este señor no siente pena ajena, por como trata y engaña a su esposa....como va a ser un buen ejemplo para los jóvenes, cuando este señor, tiene por amante una pobre niña de 22 años... definitivamente este señor está loco.tanto respeto y admiración que le tenía.... Pedro, el pueblo debe enterarse de lo miserable que es este alcalde. Si no fue capaz de llevar su hogar con esposa y dos hijos en pandemia y en primer año de administración...mucho menos será capaz de llevar las batutas de mi pueblo....en pandemia y con moza....con el dinero que Pedro invierte en el pasquín, se hubieran dado mercados....al igual que usted Alcalde, con la casa y el carro que le dió a su amante, robándonos de frente...hubiera dado casas a los más pobres.alcalde cochino. Pedro y su equipo ahora sí a publicar...ahora sí...